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Requisitos de Psicopedagogía (Profesor de Orientación Educativa)

Requisitos de Psicopedagogía (Profesor de Orientación Educativa)

¿Estás pensando en presentarte a las próximas oposiciones a profesor de orientación educativa? Entonces tienes que comprobar si reúnes todos los requisitos de psicopedagogía. ¡Descubre cómo son!

Requisitos de Psicopedagogía: dónde informarse

Las oposiciones de Educación se rigen por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero. En este documento oficial puedes encontrar los requisitos generales de todos los procesos selectivos de los distintos cuerpos docentes de nuestro país.

Además de esto, los requisitos de tus oposiciones vendrán especificados en las bases de la convocatoria correspondiente. En ellas podrás consultar todas las condiciones que necesitas cumplir para entrar en el proceso selectivo.

Recuerda que deberás reunir todos los requisitos de tu convocatoria en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y que tendrás que mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Requisitos de psicopedagogía: requisitos generales de Educación

Los requisitos generales que se deben cumplir para acceder a un cuerpo docente en nuestro país son los siguientes.

 

Nacionalidad

Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

 

Edad

Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

 

Salud

No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

 

Habilitación

No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

 

Incompatibilidad

No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se refiera la convocatoria, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades.

 

Lengua cooficial

Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma convocante, de acuerdo con su normativa.

En las convocatorias que incluyan plazas situadas en Comunidades Autónomas cuya lengua propia tenga carácter cooficial, cuando el conocimiento de esta lengua constituya un requisito para el ingreso o el acceso a dichas plazas, podrán establecerse los procedimientos adecuados para acreditar su conocimiento.

 

Conocimiento del castellano

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano y, en su caso, del idioma propio cooficial.

A estos efectos, las convocatorias podrán determinar la forma de acreditar ese conocimiento, pudiendo exigir a tal fin la superación de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua, salvo que las pruebas selectivas impliquen por sí mismas la demostración de dicho conocimiento.

 

Requisitos de Psicopedagogía: requisitos específicos Educación Secundaria

Además de los requisitos generales, también se establecen unos requisitos específicos para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

 

Titulación

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

 

Formación pedagógica

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Con carácter general, acreditarán este requisito los aspirantes que estén en posesión del título oficial de máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas.

No obstante, estarán exentos o dispensados de la posesión del mencionado título aquellos que acrediten alguno de los requisitos siguientes:

  • Estar en posesión del título profesional de especialización didáctica, el certificado de calificación pedagógica o el certificado de aptitud pedagógica (CAP), antes del 1 de octubre de 2009.
  • Estar en posesión de un título universitario oficial, antes del 1 de octubre de 2009, que habilite para el ejercicio de la profesión de maestro o de un título de licenciado en pedagogía o psicopedagogía, así como cualquier título de licenciado u otra titulación declarada equivalente a este que incluya formación pedagógica y didáctica. Con respecto a estos otros títulos de licenciado que incluyen esta formación pedagógica y didáctica hay los siguientes:
    • Licenciatura de ciencias de la actividad física y del deporte (especialidad itinerario de educación).
    • Título superior de música (especialidad pedagogía del instrumento y especialidad de pedagogía de la formación musical básica y general).
    • Título superior de danza (especialidad de pedagogía de la danza).
    • Licenciado en filosofía y ciencias de la educación (sección pedagogía y sección ciencias de la educación, en todas sus especialidades).
    • Licenciado en filosofía y letras (división filosofía y ciencias de la educación y sección ciencias de la educación).
    • Licenciado en psicología con el itinerario, la mención o la especialidad de:
      • Psicología de la educación.
      • Psicología de la intervención social, organizacional y educativa.
      • Psicología evolutiva y de la educación.
    • Haber acreditado la superación de 180 créditos de pedagogía o psicopedagogía antes del 1 de octubre de 2009, en el caso de los licenciados en pedagogía o psicopedagogía con titulación posterior al 1 de octubre de 2009.
    • Estar en posesión, antes del 1 de octubre de 2009, de una licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica y didáctica, tal como establece la disposición transitoria octava de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Esta formación se podrá acreditar mediante una certificación emitida por la universidad en la que conste la superación de un mínimo de 80 créditos de formación pedagógica y didáctica entre las materias troncales y optativas.
    • Haber impartido docencia, antes del 1 de septiembre de 2009, durante un mínimo de doce meses en centros públicos o privados de enseñanzas regladas debidamente autorizados, en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato, formación profesional o de escuelas oficiales de idioma de acuerdo con el previsto en el Real decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.

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Ahora que ya sabes cuáles son los requisitos de psicopedagogía que debes reunir, empieza a prepararte para conseguir tu plaza. Para ello, lo mejor es confiar en una academia especializada que te asesore y que te guíe.

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