Convocatoria de Oposiciones de Educación en Galicia
18 marzo de 2020
¿Te vas a dedicar la docencia en el ámbito público? Entonces te gustará saber que ya ha salido la convocatoria de oposiciones de Educación en Galicia para el presente 2022. ¡Te contamos los detalles!
La convocatoria tenía previsto celebrarse en junio pero la Xunta de Galicia ha resuelto que quede pospuesta hasta nueva orden debido a la crisis del coronavirus.
Tabla de contenidos
Convocatoria de oposiciones de Educación en Galicia: plazas y especialidades
Convocatoria de oposiciones de Educación en Galicia: requisitos exigidos
Veamos a continuación qué condiciones tendrás que reunir para poder presentarte a esta convocatoria de oposiciones de Educación en Galicia.
Requisitos de nacionalidad
Tener la nacionalidad española, de otro Estado miembro de la Unión Europea o de cualquiera de los otros Estados a los que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, es de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas, independientemente de su nacionalidad, descendientes de personas que posean la nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, también pueden participar, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad.
Las personas, independientemente de su nacionalidad, que son cónyuges de personas que poseen la nacionalidad española u otros Estados miembros de la Unión Europea, también pueden participar, siempre que no estén legalmente separados.
Asimismo, podrán participar las personas, independientemente de su nacionalidad, descendientes del cónyuge no separados del derecho de las personas que posean la nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean menores de veintiún años o más de dicho dependiente de la edad.
Requisitos de edad
Tener 16 años y no haber alcanzado la edad establecida para la jubilación forzada.
Requisitos de titulación
Poseer las cualificaciones que, para cada organismo, se especifican sobre esta base. En el caso de que estas cualificaciones se obtuvieran en el extranjero, la credencial de acreditación correspondiente, según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (BOE de 22 de noviembre), y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, que incorpora la Directiva 2005/36 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de septiembre y la Directiva 2006/100 / CE del Consejo de 20 de noviembre sobre el reconocimiento de títulos profesionales, así como ciertos aspectos de la profesión de abogado (BOE de 20 de noviembre).
Requisitos de capacidad
No sufrir una enfermedad o verse afectado por limitaciones físicas o mentales incompatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y la especialidad que elija.
Requisitos de lengua oficial
Probar el conocimiento del gallego. Acreditar, si procede, el conocimiento del español.
Requisitos legales
No ser funcionario de carrera en la práctica o estar pendiente del nombramiento correspondiente del mismo organismo al que aspira ingresar, excepto por el procedimiento para la adquisición de la nueva especialidad a que se refiere el Título II de esta orden, en que los funcionarios de carrera puedan participar.
No haber sido condenado por una sentencia firme por un delito contra la libertad sexual y la indemnización, de conformidad con el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección legal del niño, de modificación parcial del Código Civil y la Ley de procedimiento civil.
No haber sido separado, por medio de un expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en situación de descalificación absoluta o especial para el desempeño de puestos o puestos públicos por resolución judicial, cuando se trata de acceder al cuerpo o la escala de los funcionarios públicos de los cuales la persona fue separada o discapacitada.
En el caso de nacionales de otros estados, no estar discapacitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a la sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de origen el acceso al empleo público en los términos anteriores.
Plazo de solicitudes y documentación
Una vez comprobado que reúnes los requisitos, lo siguiente es completar el proceso de solicitud, para lo cual dispondrás de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOG.
Aviso importante: el plazo para la presentación de solicitudes de este proceso selectivo queda interrumpido hasta nueva orden según lo establecido por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria del COVID-19. El cómputo de los plazos se reiniciará cuando el Acuerdo del Centro de Coordinación Operativa deje de tener vigencia.
Mientras tanto y hasta que se reinicie el plazo, te contamos qué indicaciones tendrás que tener en cuenta para completar el proceso:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Las solicitudes también podrán cubrirse en la página web de la Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos.
Podrán emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave 365.
Abonar las tasas por derechos de examen.
Adjuntar la documentación complementaria detallada en el apartado 3.2 de las bases.
Pruebas de la convocatoria de oposiciones de Educación en Galicia
Los procesos selectivos para ingresar en los cuerpos docentes del sector público se rigen por el sistema de concurso-oposición, por lo que tendrás que pasar unas pruebas y una valoración de méritos. Además, a estas dos fases se le añade un periodo de prácticas.
A continuación te explicamos cómo serán las pruebas a las que te enfrentarás en la oposición:
Prueba 1
Parte A: prueba práctica. Tendrás que superar unos ejercicios que se ajustarán a lo dispuesto para cada especialidad (ver anexo VI de las bases). Sirve para comprobar que tienes la formación científica requerida y que dominas las habilidades técnicas propias de especialidad.
Parte B: prueba escrita. Deberás desarrollar un tema que elijas de entre los extraídos al azar por el tribunal. Después tendrás que leer tu examen ante el tribunal.
Prueba 2
Presentación y defensa una programación didáctica: la programación debe abarcar un curso escolar de la etapa educativa en la que vayas a ejercer (Secundaria, Primaria, FP…) y hacer referencia al currículo propio de la especialidad a la que te presentes. En tu programación será necesario concretar las competencias, metodologías, criterios de evaluación, y técnicas de apoyo al alumnado con necesidades específicas de tu programación.
Preparación y exposición de una unidad didáctica: tendrás que exponer una unidad didáctica ante el tribunal. Esta unidad podrá ser una de las que conforman tu programación didáctica. También podrás exponer una unidad elaborada a partir del temario oficial de tu especialidad si así lo deseas. En cualquier caso, deberás especificar qué objetivos de aprendizaje se persiguen con la unidad didáctica, qué contenidos la componen y qué actividades se llevarán a cabo para impartir dichos contenidos.
He aprobado la oposición: ¿tengo que entregar documentación?
Una vez apruebes los exámenes y previamente al comienzo de la fase de prácticas, tendrás que entregar una serie de documentos telemáticamente y dirigirte a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Universidad y Formación Profesional.
Para ello, dispondrás de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que se publican las listas de aprobados/as en el DOG. La documentación es la siguiente:
Certificado médico que acredite que no sufre ninguna enfermedad ni se ve afectados o afectados por limitaciones físicas o mentales que son incompatibles con el ejercicio de enseñanza.
Un solicitante que haya afirmado su condición de persona con discapacidad debe, si no lo ha hecho previamente, tener que presentar una certificación de los organismos competentes del Departamento de Política Social que acredite dicha condición, y también debe presentar un certificado de los organismos antes mencionados o la Administración de Salud, prueba de compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Declaración responsable de que no han sido separados o separados por expediente disciplinario, el servicio del organismo al que pretenden ingresar en cualquier administración pública y que no están discapacitados o discapacitados para el ejercicio de funciones públicas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo XVII a este anuncio que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Asimismo, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deben presentar una declaración responsable de no estar sujetos a sanciones disciplinarias o condenas penales que impidan en su Estado el acceso a la función pública, de acuerdo con el mismo modelo del Anexo XVII que estará disponible en la sede electrónica del Xunta de Galicia.
Certificado de no tenerantecedentes de delitos sexuales, solo en el caso de denegar expresamente la consulta de datos del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
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Iago Teijeiro
Graduado en Comunicación Audiovisual por la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en medios como la Cadena SER o La Voz de Galicia en el ámbito local.
Siente una gran pasión por las artes visuales, sobre todo el cine y la fotografía; además de tener un gran interés en todas las formas de comunicación social.